En abril de 2023, Ius interpuso una demanda colectiva contra la empresa estadounidense Flo Health, Inc. que desarrolló y puso a disposición del público la aplicación para smartphones denominada «My Flo Menstrual Calendar» o «Flo Ovulation and Period Tracker».
Entre el 30 de junio de 2016 y el 23 de febrero de 2019, Flo Health compartió información personal extremadamente sensible de usuarias portuguesas o con residencia en Portugal, relativa a su menstruación, salud y vida sexual, registrada por las usuarias en la app. Flo Health compartió esta información con empresas con actividades de análisis de datos y publicidad dirigida, como Facebook y Google. Todo ello sin obtener el consentimiento de las usuarias e incumpliendo su garantía de que estos datos no se compartirían con terceros con fines comerciales.
Esta práctica fue detectada por las autoridades estadounidenses, que obligaron a Flo Health a dejar de compartir información personal sin consentimiento y a informar a todos los usuarios.
En opinión de Ius, Flo Health vulneró derechos fundamentales de las consumidoras portuguesas, como el derecho a la intimidad. También infringió el Código Civil portugués, la Ley de Prácticas Comerciales Desleales portuguesa y el Reglamento General de Protección de Datos de la UE.
Si prospera, Flo Health será condenada a indemnizar a los consumidores representados en la acción por los daños causados por estas prácticas ilícitas.
La acción colectiva (en Portugal, denominada «acción popular») interpuesta por Ius Omnibus persigue la defensa de la intimidad, de los datos personales, de las relaciones de consumo y de los intereses individuales homogéneos de las consumidoras portuguesas.
Se trata de una acción ejercitada al amparo de los artículos 52.3, y 60.3 de la Constitución de la República Portuguesa, de la Ley portuguesa de Acción Popular (Ley 83/95) y de los artículos 31 y 546.2 de la Ley portuguesa de Enjuiciamiento Civil, por prácticas que infringen los artículos 26.1, 35.4, y 60.1 de la Constitución de la República Portuguesa; los artículos 70.1, 80.1, del Código Civil portugués; los artículos 5.1, 7.a) y b), y 9.1.a) y b), de la Ley portuguesa de Prácticas Comerciales Desleales; y los artículos 5.1.a), b) y f), 6.1.a), 7.2, 9.1 y 2, 13, 25, 32.1.a) y b) del Reglamento General de Protección de Datos de la UE.
El comportamiento ilegal consiste en el intercambio no autorizado, con fines comerciales, de información extremadamente sensible sobre las usuarias de la aplicación, relativa a su menstruación y su salud y vida sexual, que Flo Health se había comprometido a mantener confidencial, con empresas dedicadas al análisis de datos y la publicidad en línea, como Facebook y Google.
Están representadas en esta acción colectiva todas las consumidoras con residencia habitual en Portugal que, entre el 30 de junio de 2016 y el 23 de febrero de 2019, descargaron y utilizaron la aplicación desarrollada por Flo Health, denominada «O meu calendário menstrual Flo» o “Flo Ovulation and Period Tracker”, para dispositivos iOS o Android.
Las consumidoras afectadas no tienen que hacer nada para ser representadas y tener derecho a una indemnización si la acción prospera (sólo tienen que solicitar su indemnización en el momento oportuno).
Cualquier consumidora que, formando parte del grupo descrito anteriormente, no desee ser representada en esta acción puede ejercer su derecho de exclusión notificando al Tribunal su intención de hacerlo. Las consumidoras representadas también podrán decidir intervenir en el asunto, en apoyo de Ius Omnibus, dentro del plazo que fije el Tribunal, según el anuncio que se publicará a tal efecto en un periódico nacional.
Ius solicita al Tribunal que:
a) Declare que, entre el 30 de junio de 2016 y el 23 de febrero de 2019, Flo Health vulneró los intereses protegidos por las normas identificadas anteriormente y, como consecuencia de ello, causó un perjuicio a las consumidoras representados en el recurso;
b) Se condene a Flo Health a indemnizar a las consumidoras representadas por los daños y perjuicios que les haya causado; y
c) Se condene a Flo Health a publicar un resumen de la sentencia definitiva en dos periódicos de difusión nacional.
El mecanismo de indemnización masiva de los consumidores aquí utilizado, previsto en las normas portuguesas sobre la acción colectiva, aún no ha sido puesto en práctica hasta el último paso. Sin embargo, según la ley, si el Tribunal falla a favor de Ius Omnibus ocurrirá lo siguiente:
1) El Tribunal fijará el importe global de la indemnización que Flo Health deberá pagar a los consumidores representados, que se depositará en un fondo de indemnización;
2) El Tribunal designará una entidad responsable de la gestión del fondo de indemnización, incluyendo la recepción, gestión y pago de la indemnización a los consumidores representados;
3) El Tribunal fijará un plazo para que los consumidores representados reclamen su parte de la indemnización y esta información se hará pública por diversos medios;
4) Los consumidores representados tendrán que ponerse en contacto con la entidad que gestiona el fondo de indemnización, así como enviar las pruebas decididas por el Tribunal y las instrucciones de pago, para recibir su parte de la indemnización;
5) Al final del plazo legalmente establecido, si sobra una parte de la indemnización global que no haya sido solicitada por los consumidores representados:
(i) Dicha cantidad se destinará al pago de los gastos en que haya incurrido Ius Omnibus como consecuencia de la acción; y
(ii) Lo que reste se entregará al Ministerio de Justicia, para que lo destine a apoyar el acceso al derecho y a la justicia, incluida la promoción de acciones colectivas.
Las consumidoras no tienen que ponerse en contacto con el Tribunal ni con Ius Omnibus, pero puede interesarles hacerlo.
Todas las usuarias de la aplicación residentes en Portugal que, entre el 30 de junio de 2016 y el 23 de febrero de 2019, descargaron y utilizaron la app «O meu calendário menstrual Flo», o “Flo Ovulation and Period Tracker”, para dispositivos iOS o Android, están automáticamente representadas en esta demanda colectiva.
Si no desean ser representadas, tendrán que ejercer el derecho de exclusión voluntaria.
Si quieren estar representadas, no necesitan hacer nada más por ahora para tener derecho a una indemnización si Ius Omnibus gana este caso.
Al final del proceso, en caso de éxito, tendrán que ponerse en contacto con la entidad designada por el Tribunal para solicitar su indemnización.
No obstante, si desean intervenir en la acción en apoyo de Ius Omnibus, pueden hacerlo en el plazo que fijará el Tribunal, según el anuncio que se publicará en un periódico nacional a tal efecto.
Se invita a todas las consumidoras representadas en esta acción a que se pongan ya en contacto con Ius Omnibus para que se registren sus datos y puedan ser informados por Ius de toda la evolución del caso, asegurándose de que no pierden la oportunidad de reclamar su indemnización cuando llegue el momento.
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