Ius Omnibus v ANT

El Tribunal de Defensa de la Competencia, Regulación y Supervisión (TCRS) ha aprobado un acuerdo entre Ius Omnibus y la Asociación Nacional de Topógrafos (ANT) en el marco de una acción colectiva para defender a los consumidores perjudicados por las prácticas de ANT. Durante más de 16 años, ANT restringió la competencia en el mercado de prestación de servicios de topografía fijando los precios de estos servicios. ANT reconoció que había infringido la ley y aceptó indemnizar a los consumidores representados en la demanda con el 5% del importe bruto pagado por estos servicios.

La actitud de ANT en este caso es un ejemplo de asunción de responsabilidad y buena voluntad en el restablecimiento de la legalidad y la compensación a los consumidores. Se trata de la primera acción colectiva de competencia interpuesta en Portugal que desemboca en una indemnización a los consumidores perjudicados.

El asunto se remonta al 12 de julio de 2021, cuando la asociación de defensa de los consumidores Ius Omnibus interpuso una acción colectiva ante el TCRS basada en la decisión de la Autoridad de la Competencia portuguesa (AdC) de 17 de febrero de 2021, en la que se identifican ciertas prácticas anticompetitivas de ANT que son admitidas por la empresa, con el objetivo de que la infractora indemnizase a los consumidores portugueses perjudicados por las conductas ilícitas, que tuvieron lugar entre el 29 de noviembre de 2003 y el 18 de julio de 2020.

Ius y ANT llegaron a un acuerdo en virtud del cual ANT indemnizará a los consumidores representados con el 5 % del importe abonado por los servicios de topografía, lo que pone fin al procedimiento.

El 4 de noviembre de 2021, tras la firma del acuerdo, Ius y ANT emitieron un comunicado de prensa conjunto en el que informaban a los consumidores representados de su derecho a reclamar una indemnización en un plazo de tres meses, así como de las condiciones aplicables a dichas reclamaciones.

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